¿Es obligatorio revisar la instalación? Todos los titulares de una instalación de GLP envasado tienen la obligación de mantenerla en condiciones de seguridad. Esta obligación se establece en el Real Decreto 1085/1992 de 11 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Distribución de Gases Licuados del Petróleo, que establece en su artículo 22 las obligaciones de los titulares de contratos de suministro. Además, establece el deber de llevar a cabo una revisión de la instalación cada cinco años por parte de una empresa legalmente habilitada para ello.